Supuesto 07 Grave Hasta 5 UIT / trabajador

Requerimiento SUNAFIL — Gratificaciones sin bonificación extraordinaria: cómo calcular, pagar y lograr el cierre

Desde la Ley 29351, las gratificaciones de julio y diciembre se pagan sin descuento de aportes de seguridad social, y el monto ahorrado en esa contribución patronal debe pagarse al trabajador como bonificación extraordinaria del 9%. Si SUNAFIL detecta que no se pagó, la estrategia es calcular el faltante y depositar.

Actualizado: Marzo 2026 UIT 2026: S/ 5,500 Normativa: Ley 29351 Art. 3 · Ley 29714 (permanente) · DS 019-2006-TR Art. 24.5
El objetivo en este supuesto

Calcular y pagar la bonificación extraordinaria del 9% sobre la gratificación bruta a todos los trabajadores que la recibieron, incluyendo períodos pasados y ex trabajadores si los hay.

La bonificación extraordinaria es un concepto autónomo, no remunerativo, que el empleador debe pagar directamente al trabajador. No es un aporte de seguridad social. Es el equivalente al 9% que la empresa se ahorra al no hacer el aporte a ESSALUD sobre la gratificación. Si no se pagó, el inspector exigirá el pago con intereses.

Cómo calcular y regularizar — pasos de acción

El error más frecuente es creer que la bonificación extraordinaria equivale al 9% que el empleador se ahorra en el aporte a ESSALUD y que ya se reflejó en "no descontar" al trabajador. El 9% es adicional y debe pagarse al trabajador en efectivo. No es suficiente con no hacer el descuento — debe haber un pago positivo.

  1. Identifica todos los períodos con deficiencia: gratificaciones de julio y diciembre de cada año en que no se pagó la bonificación extraordinaria. La infracción puede acumularse por varios semestres.
  2. Calcula la bonificación correcta: el 9% se calcula sobre la gratificación bruta completa del trabajador para ese semestre. Si el trabajador cumplió el semestre completo y tiene derecho a la gratificación íntegra, la bonificación es el 9% de esa gratificación. Si tiene períodos proporcionales, la bonificación es proporcional también.
  3. Incluye los ex trabajadores: si había trabajadores que salieron de la empresa y no recibieron la bonificación en su período, la obligación sigue existiendo. Calcula el monto e intenta contactarlos. El pago puede hacerse por transferencia con el recibo correspondiente.
  4. Aplica intereses laborales: los montos adeudados desde la fecha en que debieron pagarse generan intereses laborales (tasa equivalente a la tasa activa de mercado para aportes laborales impagos). Calcúlalos desde la fecha de cada gratificación no pagada hasta la fecha actual.
  5. Prepara una liquidación detallada por trabajador del monto de gratificación base, la bonificación calculada y los intereses, y el comprobante de depósito o transferencia por cada pago. Presenta todo al inspector en la casilla electrónica.

Ejemplo de cálculo — bonificación extraordinaria

Trabajador con remuneración mensual de S/ 2,500 que cumplió el semestre completo:

Gratificación bruta = S/ 2,500 (remuneración mensual × 1)

9% de bonificación extraordinaria = S/ 2,500 × 9% = S/ 225

Si hubiera ESSALUD normal sobre la grat. habría sido S/ 225 de aporte del empleador a ESSALUD. Ese monto va al trabajador como bonificación extraordinaria.

Monto que se paga al trabajador junto con la gratificación: S/ 2,500 (gratificación) + S/ 225 (bonificación extraordinaria) = S/ 2,725 total.

La bonificación aplica también sobre la gratificación proporcional

Si el trabajador no cumplió el semestre completo y recibe una gratificación proporcional, la bonificación extraordinaria también es proporcional — el 9% de lo que efectivamente recibió. No hay exoneración por período corto. Y si el trabajador fue despedido o renunció antes del 15 de julio o del 15 de diciembre sin haber cobrado la gratificación, la gratificación trunca que se incluye en su liquidación también genera bonificación extraordinaria.

Ley 29351, Art. 3 — la bonificación extraordinaria se aplica sobre la gratificación efectivamente pagada, incluyendo la proporcional y la trunca de la liquidación.
✓ Si paga la diferencia con intereses dentro del plazo

Si se acredita el pago de la bonificación extraordinaria faltante con intereses a todos los trabajadores afectados, el inspector puede verificar el cumplimiento y dar por regularizado el punto.

✗ Sin pago dentro del plazo

La infracción grave por bonificación extraordinaria no pagada puede llegar a S/ 27,500 por trabajador en régimen general (5 UIT). Si hay múltiples trabajadores y múltiples períodos, la multa se acumula.

Procedimiento legal completo y base normativa verificable

Historia normativa — por qué existe la bonificación extraordinaria

La Ley 29351 (2009) declaró la inafectación de las gratificaciones de aportes de seguridad social. Originalmente tenía carácter temporal. La Ley 29714 (2011) le dio carácter permanente. La bonificación extraordinaria del Art. 3 es el mecanismo por el que el empleador transfiere al trabajador el ahorro que genera al no hacer el aporte a ESSALUD (9%) ni a la AFP/ONP (variable) sobre la gratificación.

Solo está exonerada de ESSALUD la aportación patronal NO la AFP/ONP del trabajador

La inafectación de la Ley 29351 aplica a los aportes de seguridad social del empleador (9% de ESSALUD). Los aportes del trabajador a la AFP o a la ONP no están inafectos — esos descuentos se hacen sobre la gratificación normalmente. La bonificación extraordinaria es solo el equivalente al aporte patronal de ESSALUD.

¿Y si la empresa está en EPS?

Si la empresa tiene un convenio con una EPS (Entidad Prestadora de Salud), el aporte a ESSALUD tiene una parte que va a la EPS. La bonificación extraordinaria equivale igualmente al 9% — no al porcentaje que va a la EPS — porque la exoneración es sobre el total del aporte patronal de seguridad social en salud.

Multas

DS 019-2006-TR, Art. 24.5 — infracción grave por no pago de la bonificación extraordinaria: Microempresa REMYPE: hasta 1 UIT (S/ 5,500) · Pequeña empresa: hasta 4 UIT (S/ 22,000) · Régimen general: hasta 5 UIT (S/ 27,500). Si hay múltiples trabajadores con la misma infracción, puede calcularse por cada uno.

⚠ No confundas con la gratificación — son conceptos diferentes

La gratificación y la bonificación extraordinaria son conceptos diferentes que deben aparecer separados en la boleta. Si la boleta solo muestra "Gratificación" sin desglose de la bonificación del 9%, el inspector puede concluir que no se pagó aunque el monto total incluya la bonificación. Desglósalos explícitamente.

✓ Documentos clave para presentar al inspector
  1. Liquidación detallada por trabajador: gratificación base + bonificación 9% + intereses.
  2. Boletas de pago o recibos que muestren el pago de la bonificación como concepto separado.
  3. Comprobante de transferencia o depósito de los montos diferidos a trabajadores activos.
  4. Si hay ex trabajadores: constancia de localización y recibo de pago firmado.

¿Necesita calcular la bonificación extraordinaria pendiente y preparar el expediente?

Revisamos cada período, calculamos los montos con intereses y preparamos todo para acreditar el pago ante el inspector.

El contenido de este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoría legal. Para situaciones específicas consulte con un especialista.

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